16/09/2024

Argentina Avanza

“la Argentina tendrá su revolución francesa, en triunfo, puede ver sangre en las calles si no ve el instante del ‘hombre gris’”

La Libertad Avanza no la Van a Usar para destruir al Pueblo Nosotros somos la Unidad Nacional

Por este Multimedio que Dirijo desde el 2020 desde A.C.Realizar personeria juridica 1067 /2008. Que demuestra mi Presedente en el uso del Nombre.Primera en tiempo y primero en derecho.

Como siempre digo por realizar las cosas bien.
Quede en el fuego cruzado .

Me estuvieron redireccionando para usarse y descartarme.

Me ponían cosas palos y las ventajas para que continúe así me usaban cuando querían.

Pero yo use todo, luche y lo oscuro de ellos lo convertí en luz sin dudar construí.

Hoy tengo la misma sensación, después de que siento que los jueces tuvieron parcialidad para un lado usando artilugio.

Buscando como salir ilesos y no ver las pruebas,como si no tuvieran anteojos puesto , no escuchar mis derechos.
Desaparecen escrito cambiando los derechos adquiridos.

En corrientes El juez no anula la junta promotora aunque presentamos denuncias penal de falsificacion de firmas, no escucharon las denuncias publicas de la gente que decian usaron sus datos cuando salieron de fiscales,aun los dejan continuar.

En cordoba se desestima mis pruebas porque dicen no estaba mi escrito pero al entrar a la audiencia y tomar mis pruebas ya estaba habilitada.
Nos dicen que Karina Milei y Menem no llegaron por mal tiempo, pero estaban en un medio , mintieron por ellos y despues lo dejaron que entren cuando termino la audiencia y se firmo el cierre .
Ellos cosa rara como si queria el juzgado mostrar la audiencia ponen celulares para grabar sobre la mesa, nosotros tambien grabamos ya que ellos lo hacen.

En el INPI borran la marca concedida las cuales tenco todas las pruebas y filmaciones .

Espero los otros jueces no digan no sabian nada como dicen de esa jueza corrupta de la Rioja.

Porque yo hace rato vengo deciendo estos abusos y preferencia al poder o plata.

No confio en la justicia siento me abandonaron como justicia y creo el pueblo tampoco confia.

Desestiman esas pruebas que están en la ley y un juez debería respetar.

Otra vez desvían un pedido de cautelar guiándome y poniendo un expediente que no tenia que ver con mi reclamo actual.
Desestimaron otra vez las pruebas
Que injustas son las injusticias judiciales, que sufro.

Siento,me parece que me quieren usar otra vez.

Para que mi reclamo de terminar con la trampa de los Menem , quieren que mi lucha pueda exponer la legitimidad de un Presidente si bien esa alianza no estuvo bien y el error de no ver que era otra categoria el partido de Menem es de su señoria, solo quiero terminar con el abuso de los Menem .Que continuan usando ese error que igual caduco el 19 de noviembre 2023.para mandar gente a pelear con migo metiendo juntas promotoras con autorizacion de ellos que se auto proclaman partido de orden nacional ilegitimamente.

El Presidente fue votado por un pueblo y eso se respeta porque es democrático, aunque no me reúna no me pidan disculpa yo continuare luchando por mis derechos.

Pero no me usarán para derrotar un voto popular.

Yo No hago la guerra de ustedes aunque se crean vivos al usar y descartar una mujer.

No señores mi guerra es para evitar que dañen un pueblo, no caeré en trampa para dañar .

Ustedes lo pusieron.ustedes lo arreglan.

Yo solo defiendo al pueblo soy la Resistencia Peronista, soy la libertad avanza.
Se que la única batalla que se pierde es la que no se hace.
yo solo lucho por el pueblo.

No me gustan me usen con engaños y artilugios.

Por eso presento esta apelación exigiendo pueda leer su señoría, espero se ponga los anteojos de aumento y esta vez vea las pruebas nuevas que presente que esta en la ley .
Espero que si me dan una audiencia no vuelvan hablar de la amistad de el abogado de Karina Milei y Menem, que estaba en la audiencia de dicha alianza que autorizo servini apesar de mi oposicion como dueña del nombre y unico partido Nacional, en ese momento.

Hablaron mucho de la amistad de su nieto con el abogado De Karina Milei, no fue profesional ni ético.
Eso me realizó un daño muy grande fue claro y sentí estaba parcial para ese lado.

Gratis usan y descartan chivos expiatorio.

Eso no pasara otra vez.
Esa alianza caduco el 29 de Noviembre del 2023.

Yo continuo pidiendo justicia.
Tengo el precedente primero

Que se respete la ley del derecho preexistente del uso y buen uso del nombre con antecedentes legales registrados legales y públicos en el rubro, esto hablado en una misma rama o categoría no puede ser desdoblado o jerarquísado, si es de otra clase y categoria, se debe respeto y reconocimiento a lo fundacional y a lo jerarquico obtenido y reconocido
Lo dice la ley y un juez electoral federal debe respetar lo que está escrito en ley y no usar el criterio por parcialidad al poder o a un abogado de carina Milei y Menem .

El tema que el nieto de servini fuera amigo del abogado de ellos y hablaran de eso que se fue al estranjero, fue muy incomodo, el cual me lo hicieron saber en la audiencia.

supongo que no importo incomodar de ese modo o todo lo que sufri injustamente e inesesariamente porque Patiño Karina Milei y Martin Menen junto Adrian Menem continúan infringiendo la ley dando autorizaciones diciendo son apoderados y dueños de un partido orden Nacional usando una jurisprudencia indebida de una categoría Provincial dándoles órdenes a los juzgados de categoría Federal.

La ley es ley y es para cumplirla sobre todos los jueces deben aprender todos a vivir con eso.
Corrientes , Cordoba, Rioja , Santa Fe , Entre Rios,caba,Buenos Aires,Santiago,Chaco, Tucuman,Tierra Del Fuego,San Juan, Santa Cruz. Juntos pedimos justicia.

Esto no es solo por mi es por el pueblo por mi equipo, esta lucha de derecho es de una Nacion.
Hace falta la Union Nacional.
Paz social para la nueva Argentina

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INTERPONE RECURSO DE APELACIÓN
SEÑOR JUEZ:
CARINA MARIEL IVASCOV, D.N.I. 22.39××××4; por derecho propio y en el carácter de propietaria del nombre La Libertad Avanza a nivel Nacional, Presidente y Apoderada del partido La Libertad Avanza de la Provincia de Entre Ríos; y actuara conjuntamente con el patrocinio letrado del Dr. PASCUAL, GUILLERMO T°. 57 F° 790 CPACF, en su calidad de apoderado, FIJANDO DOMICILIO ELECTRÓNICO EN 2004××××288, en representación del Partido Distrital LA LIBERTAD AVANZA, de la Provincia de Entre Rios, como letrado apoderado de la parte actora, y con el patrocinio letrado del Dr. ROBERTO JOSÉ BALLERES, abogado, T° 36 F° 971 CPACF – T° XLIV F° 406 CALP – T° CC F° 745 CFALP – Afiliado Nº 59374/4 – CUIT 20-122×××××5/8 – Ingresos Brutos Convenio Multilateral 901-902974/1- IVA Responsable Inscripto, y constituyendo domicilio en forma conjunta a los fines procesales en la calle Avenida Riva×××××× ”, Capital Federal y electrónico en 20122××××58, a V. S. respetuosamente digo:
I.- OBJETO
Que vengo por el presente a interponer, en legal tiempo y forma, recurso de apelación contra la sentencia de fecha 15 de MAYO de 2024, de la que me notificara mediante sistema en la misma fecha, que resuelve rechazar la presente acción de amparo por considerarla inadecuada y sin fundamentos sólidos..

II.- FUNDAMENTOS

Que como se expone en los considerandos de la decisión apelada, la presente acción de amparo se interpone a los fines de que se reconozca la falencia y la omisión manifestada por S. Sa. al dictar una sentencia que ocasiona grave perjuicio a la Nación y al Estado poniendo en riesgo la gobernabilidad del actual presidente de la Nación por haber aceptado S. Sa. la participación en las elecciones ppdas. De un partido político Provincial que propuso la candidatura del Dr. Javier Milei cuando debería haber estado reconocido a Nivel Nacional, tal partido como se informara, y aportaran las pruebas necesarias se trata de La Libertad Avanza de la Provincia de la Rioja.y además expresa S. SA. Que::
“………ya analizando el fondo de la cuestión traída a estudio, debo destacar que la situación aquí esgrimida por la actora fue debidamente analizada por este Tribunal al momento de resolver su oportuna oposición a la utilización del nombre “LA LIBERTAD AVANZA” por parte de la alianza nacional que participó de las elecciones del año 2023.- En esta nueva presentación la nombrada nada nuevo expresa y tampoco prueba, que permita modificar los argumentos que llevaron oportunamente a este Tribunal en los autos 3831/2023 caratulados “LA LIBERTAD AVANZA – ORDEN NACIONAL S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL”, con fecha 21 de junio del año 2023, a declarar la falta de legitimación activa de la nombrada y no hacer lugar a la oposición respecto a la utilización del nombre “LA LIBERTAD AVANZA” allí planteada”-

PRIMER AGRAVIO: INCORRECTA INTERPRETACIÓN DEL ACTO ATACADO

La acción de amparo se presentó a fin de que se contemplara el error cometido y se subsane de manera en que no resulte perjudicial para el sistema democrático imperante en nuestro país.
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Sin embargo, en el segundo párrafo del considerando de la sentencia, se interpreta equivocadamente que el acto atacado es la oposición oportunamente presentada en el expte. 3831/2023. y que se evite que la alianza – que caducó el 19 de noviembre de 2023 – , continúe como lo sigue haciendo al momento, utilizando el partido para entregar autorizaciones que para más son mentirosas por que no son Partido Orden Nacional, sino Provincial.

SEGUNDO AGRAVIO: EL PERJUICIO QUE OCASIONARÍA AL PAÍS EL NO EVALUAR LA FALTA COMETIDA POR LA JUEZA SERVINI QUE EN DEFINITIVA ES LO QUE MOTIVA LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA

Causa frustración que el derecho a ser escuchado y a obtener las respuestas adecuadas a lo expresado que en definitiva es el fondo de la cuestión planteada no sea interpretado por una Juez Federal del nivel de S. Sa. La medida de notificar a todas las provincias solicitada pretende evitar la prosecución del procedimiento irregular que llevo adelante el fallo efectuado por la nombrada Es que, Por estas razones solicito se revoque de manera urgente la sentencia apelada y se conceda la medida cautelar de AMPARO, considerando que: La misma ocasiona un daño irreparable a la Justicia Electoral y por ende a los partidos políticos y sus representantes.

TERCER AGRAVIO: QUE RESULTO AGRAVIADA POR LA CONSIDERACIÓN DE LA MAGISTRADA DE QUE NO SE CUMPLEN LOS REQUISITOS DE LA RECUSACIÓN, DEL ART. 14 DE RECUSACIÓN SIN CAUSA, PERO, POR DECORO LA QUO DEBIÓ INHIBIRSE EN LAS PRESENTES ACTUACIONES.

Se hace saber a S. Sa. Que a efectos de evitarle el oprobio que significaría a una magistrada de la Nación ser recusada en una causa con motivo suficiente para que se inhiba EN entender en la misma es que esta parte, optó aplicar lo establecido en el Art. mencionado y de esta manera dejar impoluta la investidura de juez de grado que inviste.

Se hace constar además que La normativa imperante establece que se deben respetar las categorías de los partidos, que esta escrito y contemplado en la ley, y S. Sa. No desconoce como titular de un Juzgado Electoral que existe y es aplicable dicha norma. Pareciera que S. Sa. Ha olvidado después de tantos años de servicios prestado algunos conceptos legales que indefectiblemente deben ser aplicados en la Justicia Electoral.

Se le informa para que actúe en consecuencia, que el Dr. Martín Menem y la Sra. Karina Milei a la vez que el Sr. Patiño, en nombre de apoderados de una alianza caducada, que caduco el 19 de noviembre de 2023, a LA FECHA CONTINÚAN DANDO AUTORIZACIONES manifestando ser partido de Orden Nacional, cuando en realidad son partido Provincial, (se acompaña prueba de tal situación presentada por los nombrados ante Juzgado Electoral) incitando a que la gente se confunda y apoye algo que no es esencialmente lo que desean expresar políticamente

Pareciera que se actúa mediante artilugios que hacen que se desvíe el objeto del reclamo y conforme las pruebas presentadas que obvió, y mediante las cuales se determina que dicho partido no aplica a un partido Provincial que prohíbe que pueda hacerlo como fuera autorizado por S. Sa. para evitar proceder a aplicar la norma que establece que dicho accionar esta prohibido

CUARTO AGRAVIO

Quede en el fuego cruzado, por realizar las cosas bien. Permanentemente me redireccionaron, interpreto que para usarme y descartarme. Me ponen delante ventajas y desventajas para que continúe, así me usaron cuanto quisieron. Pero todo lo convertí en luz, luche y construí.

Hoy tengo una sensación extraña siento seguridad que los jueces tuvieron parcialidad en sus , decisiones. Buscando como salir ilesos de sus errores, , no ver las pruebas, no escuchar, aparentar no interpretar. En especial cuando esas pruebas esta reguladas por ley, que un juez debería aplicar y respetar.

Desvian el objeto de una cautelar guiándome y poniendo un expediente que no tiene que ver con lo solicitado – los partidos Nacionales y los partidos provinciales jugando una elección cuando la norma lo prohíbe- , me surge que pretenden que mi reclamo termine con la tarea de los Menem, que mi lucha pueda exponer la legitimidad de un presidente elegido por un 70% de la población,,

Si bien esa alianza no estuvo bien (Milei, Javier . Carina Ivaascov), y pretenden terminar con el abuso de los Menem, se debe considerar que el Presidente fue elegido por el pueblo y eso debe respetarse porque es democracia pura, aunque no se reúnan para solucionar todo este enjambre, yo continuaré luchando por mis derechos, pero no me usaran para derrotar un voto popular, yo no hago la guerra de otros, mi guerra es evitar que dañen a un pueblo que sufre diariamente, Yo solo pretendo defender al pueblo represento la Resistencia Peronista, soy LA LIBERTAD AVANZA.

Espero que S. Sa. Conceda una audiencia a fin de aclarar todo, tenga presente las pruebas y actúe en consecuencia, y si otorga una audiencia que no cometa el error de conversar con la contraparte de cuestiones familiares y de la amistad que une a su familia con la del profesional de la contraria y no mostrar parcialidad en sus decisiones por existir una amistad con el nieto de quien debe decidir con una parte litigante.

Se sigue infringiendo la ley por parte de los nombrados, continúan dando órdenes a los juzgados Electorales Federales.

PETITORIO:
Por lo expuesto solicito:
1) se tenga por presentado en tiempo y forma el recurso de apelación
2) por presentada la expresión de agravios
3)MANTENIDO LA RESERVA del caso federal
4) oportunamente se revoque la resolución del juez de grado y se haga lugar a las peticiones del escrito de inicio con costas

IBI.- MANTIENE RESERVA DEL CASO FEDERAL
Para el hipotético caso de decisión adversa, se mantiene la reserva oportunamente
efectuada de caso federal para concurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por estar en juego la interpretación que cabe asignarle a normas de naturaleza federal art. 1, 14, 33, 75, in. 22 y 101 de la CM; tras. 13 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos; tras. 19 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; tras. 19 y 21
de la Declaración Universal de Derechos Humanos y art. VI de la Declaración Americana de

Proveer de conformidad en la seguridad que

HARÁN JUSTICIA
.
El nuevo mundo.
Viva La Patria Carajo.

Carina Ivascov.